Protección de Datos sanciona a la Consejería de Cultura de Castilla La Mancha por publicar la resolución de una menor

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha decidido sancionar a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la junta de Castilla La Mancha por violar la confidencialidad e intregirdad de una resolución que afectaba a una menor.

Este caso, se trata de una alumna de un centro escolar en el que se encuentra estudiando segundo de bachillerato. La madre de la menor, previamente había puesto en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos que el director del centro, había filtrado un documento en un grupo conjunto de varios padres; los mismos que se enteran de una resolución que contiene datos personales de la menor en cuestión.

Tras esto, el centro educativo respondió a la AEPD argumentando que podría tratarse de un malentendido, ya que según manifiestan “es posible que se enviase por error del sistema a todo el alumnado de la clase a su hija”. Seguidamente el centro afirma argumentando que la dirección “no ha tenido constancia” de ese texto que había sido difundido.

Tras varias investigaciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos indican que “se descarta que fuera un fallo del sistema”; por tanto, el mensaje a todo el alumnado habría sido intencionado. Por ello, la AEPD ha iniciado un procedimiento sancionador por la presunta infracción de los artículos 5 y 32 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que aluden a la confidencialidad e integridad y seguridad de tratamiento de datos respectivamente. 

Finalmente, la AEPD decidió sancionar a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Castilla La Mancha por una infracción de la confidencialidad e integridad de los datos personales de una menor. La Agencia de Protección de Datos sostiene que los datos deben ser tratados de manera “que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas”.

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Origen: El Confidencial Autonómico

Autor: Sandra C. Ramiro

País: España

Fecha: 04/05/2022

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