Esta semana continuamos con nuestra serie de artículos relacionados con ¿Cómo cumplir? Todo lo que necesita para cumplir la LPBCFT. 

En este artículo, explicaremos las diferentes formas que existen para comunicar al SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias) determinadas transacciones sobre las que se consideren que exista indicio o certeza de que están relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. 

A modo de guía sobre las transacciones reportables, el SEPBLAC establece una serie de catálogos ejemplificativos de las operaciones de riesgo divididos por sectores que podemos encontrar en el siguiente enlace.

Teniendo en cuenta lo anterior,  podemos encontrar dos tipos de comunicaciones:

  • La comunicación por indicio.
  • La comunicación sistemática. 

La comunicación por indicio

Las comunicaciones por indicio son aquellas que pueden hacer los sujetos obligados cuando conozcan, sospechen o tengan motivos razonables para sospechar que una determinada operación tiene relación con el blanqueo de capitales o sus delitos precedentes o bien con el terrorismo.  

El procedimiento de las comunicaciones de este tipo se pueden hacer tanto de forma telemática (sólo para las entidades de crédito), como de forma electrónica o presencial. Para ello, se cuentan con dos tipos de formularios: 

    • el formulario F22-5 (solamente para entidades de crédito)
    • y el formulario F19-1 (para el resto de sujetos obligados). 

La comunicación sistemática

Las comunicaciones sistemáticas se refieren a aquellas que se han de hacer por los sujetos obligados con determinada periodicidad. No todos los hechos u operaciones son susceptibles de esta comunicación, sino solamente aquellas operaciones que se establezcan reglamentariamente. 

¿Cómo podemos ayudar a cumplir?

Para que no existan dudas sobre el tipo de formulario que hay que rellenar en las comunicaciones por indicio, en nuestra plataforma MycomplyNow contamos con una sección para la realización y envío de estos formularios:

Es importante tener en cuenta que cuando la Comisión de Prevención de Capitales o sus órganos de apoyo lo estimen conveniente, se deberá de facilitar cualquier información requerida aportando en un tiempo y una forma determinada, siempre demostrando la forma diligente y completa la llevanza y análisis de esta.

Es necesario resaltar que en este tipo de operaciones opera la confidencialidad. Cuando se esté llevando a cabo un estudio de operación sospechosa y las comunicaciones que se realicen, estará prohibida la acción de informar al cliente o a terceros sobre dichos procedimientos. No obstante, esta prohibición no opera para los sujetos obligados que pertenezcan al mismo grupo.

Cada día es más importante que los sujetos estén informados de este tipo de procedimientos, para saber cómo realizar las comunicaciones, además de evitar confusiones con el SEPBLAC o las personas que con frecuencia actúan en su nombre para sacar provecho de ello.

En ComplyNow estaremos encantados de ayudar con este y otros procedimientos relacionados con el cumplimiento normativo.

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